¿Qué es la Mifid II y cómo cambia el asesoramiento financiero?

¿Qué es la Mifid II y cómo cambia el asesoramiento financiero?

En enero de 2018 el sector bancario y del asesoramiento financiero se enfrenta ante el reto de implantar la nueva normativa europea Mifid II.

Más allá de cuestiones técnicas en cuanto a la ordenación de los mercados, la Mifid II supone un vuelco para el asesoramiento financiero tal y como se venía prestando hasta ahora. Por un lado impone una mayor transparencia en cuanto a la información y por otro delimita el tipo de asesoramiento que puede recibir un ahorrador. Estos son sus efectos más importantes.

Diferencia entre Asesor Independiente y no independiente

La Mifid distingue sin lugar a dudas las entidades independientes de las no independientes. Este es el mayor cambio que trae la ley. De forma resumida, una entidad independiente no puede cobrar retrocesiones. Sólo podrán cobrar al cliente por el asesoramiento y por los servicios de venta de productos, pero no podrán cobrar retrocesiones de las gestoras por colocar productos.

Sólo las entidades que directamente se declaren como no independiente podrán cobrar retrocesiones. Además podrán también cobrar por el asesoramiento y la comercialización de productos. Sin embargo, en caso de hacerlo deberán informar de forma clara y concisa de las comisiones y retrocesiones que cobran.

Mayor transparencia e información

Como acabamos de ver, las entidades deberán informar claramente de las comisiones y retrocesiones que cobran por los productos que venden. Es la forma que ha encontrado Mifid II de terminar con ese asesoramiento gratuito típico de los bancos pero que, al final, acaba costando un dineral al cliente por el tipo de producto que le recomiendan.

A esto se añade la obligación de dar un informe trimestral con la evolución de la cartera de inversión o el producto contratado. Además, ésta deberá completarse con gastos y comisiones que se han cobrado en ese periodo.

Mayor formación de los asesores

Este es otro de los puntos fuertes de Mifid II. Finalmente no habrá necesidad de contar con un título externo como EFPA para prestar asesoramiento financiero (dependiente o independiente), pero sí que será necesario formarse.

En concreto la CNMV exigirá a los empleados de banco un mínimo de 80 horas de formación para informar y de 150 horas para asesorar. Esta formación la podrá prestar el propio banco o recurrir a una titulación externa. En caso de optar por la primera solución, recaerá sobre ella el resultado del asesoramiento.  Además, publicará una relación de los títulos acreditativos ordenados según su valía y confiabilidad.

Mejor selección de productos

Es lo que Mifid II denonima mejor ejecución de productos y que pasa por ofrecer a los ahorradores el producto al mejor precio y con los costes de ejecución más bajos. A modo de ejemplo, si se da orden de comprar un título, este deberá comprarse donde se ontenga la mejor cotización con los costes más bajos.

Además, los asesores deberán hacer más hincapié en evaluar qué productos pueden ofrecer a cada cliente en función de sus objetivos y formación.

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