Casi tan importante como elegir un ETF adecuado, es saber si este tipo de producto es o no óptimo para nuestra operativa. Y es que en los mercados financieros podemos tener acceso a derivados, acciones, fondos de inversión, ETF… pero por sus características, pueden no ser apropiados para todos los inversores. Dependiendo de nuestra forma de invertir, dependiendo de los objetivos de inversión que tengamos, nos interesará ponderar unos u otros. Así, para saber si los ETFs son productos que nos interesa tener en cartera, el primer paso será conocer las ventajas/desventajas que nos aporta este tipo de producto y analizar si en su conjunto, estas ventajas aportarán valor en nuestro día a día de las inversiones.
¿Es el ETF un producto adecuado para mí?
Para poder dar respuesta vamos a analizar las ventajas/desventajas del producto, teniendo en cuenta que un ETF es un producto mixto entre una acción y un fondo de inversión.
¿En que se parece un ETF a una acción?
En que cotizan continuamente durante la sesión bursátil y por tanto podemos comprarlo y venderlo como si de una acción se tratara. Cada vez que compramos y vendemos un ETF tendremos que asumir los costes de compra-venta que nos repercute la entidad bancaria y los correspondientes cánones de la bolsa en la que cotice. En definitiva, el ETF, permite la misma agilidad en la operativa y los mismos costes de operativa que una acción.
Imaginemos un inversor que tiene en cartera 1000 participaciones del ETF del Ibex 35, imaginemos que el inversor tiene importantes plusvalías y tras varios días de movimientos discretos, el Ibex acelera las cesiones y compromete niveles importantes. El inversor tiene la posibilidad de realizar la venta del ETF, sabiendo en ese mismo momento el precio al que vende, el importe total de la venta y, lo más importante, si el Ibex sigue cayendo, estas pérdidas ya no le afectarán. De hecho, la liquidación de la venta sería algo semejante a esto:
1000(número de acciones) * 10(precio de venta) – 10(comisiones venta) – (5,65cánones)= 9.984,35
Esto supone una gran ventaja sobre la operativa en fondos de inversión. Cuando queremos materializar la venta de un fondo de inversión (día D) en el mejor de los casos (cuando la orden se tramita antes de la hora de corte), el precio recogerá todo el movimiento que tenga lugar durante la jornada. Si por el contrario la orden ha sido tramitada posteriormente a la hora de corte, el precio de venta recogerá el movimiento que haya tenido lugar en el día D y también el que haya tenido lugar el día siguiente (D+1). Además, será necesario consultar el folleto del fondo para saber cuándo tendremos el dinero disponible en nuestra cuenta (por lo general dos días adicionales al día en el que se coge de referencia el precio del fondo).
La ventaja operativa de los ETF aún es mayor si lo comparamos con un traspaso de fondos. En un mismo día, podemos vender un ETF y comprar otro. Las dos operaciones quedarán asentadas y liquidadas en el momento exacto que se ejecuta la orden y por tanto, veremos el reflejo de las mismas en nuestra cuenta bancaria en tiempo real. Sin embargo, si esta misma operativa la hacemos vía fondos de inversión con un traspaso, serán necesarios entre 5 y 9 días (según los plazos de liquidación que consten en los folletos de los fondos que queramos contratar).
¿En que se parece un ETF a un fondo de inversión?
Del mismo modo que ocurre en los fondos, comprando un ETF estamos comprando una cartera diversificada de activos. Dicho de otro modo, el ETF, permite la misma diversificación que un fondo de inversión. Del mismo modo que ocurre en los fondos de inversión podemos contratar ETF’s que inviertan en renta variable, renta fija, materias primas…
Es habitual que el inversor español tenga en cartera acciones nacionales pero lo cierto es que la cartera estará poco diversificada ya que todas las acciones dependerán de la evolución del mercado español. Este efecto se agrava más si cabe cuando las acciones en cartera son muy pocas (menos de 10) y hace que su cartera sea muy dependiente de la evolución de esos pocos títulos. Si alguno de ellos sufriese una dura corrección, afectaría de forma importante al resultado final de la cartera. Sin embargo, si compramos un ETF del Ibex, es como si estuviésemos comprando los 35 valores del Ibex 35 y la buena o mala marcha de alguno de los títulos que lo integran, no afectará de forma importante al resultado final. Además, podemos completar la inversión invirtiendo en otros mercados como el europeo, el estadounidense… resumiendo, donde antes teníamos una cartera muy expuesta a unas pocas acciones, ahora tenemos la posibilidad de tener una cartera cuya evolución dependa del mercado español, europeo, nipón… y por tanto, muy diversificada. La evolución de unas pocas acciones no nos afectará ya que la dependencia será de uno o varios mercados en su conjunto.
Sin embargo, a pesar de que ambos ofrecen diversificación al inversor, la diferencia fundamental entre el ETF y el fondo de inversión está en el estilo de gestión. Mientras el ETF lleva a término una gestión pasiva en la que se pretende replicar a determinado índice, el fondo de inversión lleva a cabo una gestión activa en la que trata de mejorar el comportamiento de determinado índice. Y precisamente porque la labor del equipo gestor del ETF se limita a replicar el movimiento de determinado índice, las comisiones que repercute al partícipe son menores que en el caso de los fondos de inversión.
Pero… no todo son ventajas. Antes de elegir el ETF como vehículo de inversión, vamos a analizar las desventajas de los ETF que fundamentalmente están relacionadas con la fiscalidad. Los ETFs cotizan como las acciones. Es decir, a diferencia de los fondos de inversión, cada vez que queremos cambiar de ETF es necesario aflorar la plusvalía o minusvalía y tributaremos por la ganancia/pérdida patrimonial.
Con la reforma fiscal que entró en vigor en 2015, no hay distinción entre las operaciones de menos de un año y las superiores al año y los tipos quedan como se muestran a continuación:
- El tipo será del 20% para los primeros 6.000 euros (19% en 2016)
- 22% entre los 6.001 y los 50.000 euros (21% en 2016)
- 24% para la ganancia que exceda de esos 50.000 euros (23% en 2016).
Caso 1: Manuel es inversor en fondos. Manuel comenzó el ejercicio 2015 con 100.000€, posicionado en EEUU. Sin embargo, tras hacer varios traspasos concluye el ejercicio 2015 con 106.000€, posicionado en renta variable nacional. Dado que Manuel no ha realizado la venta del fondo sino que ha traspasado de un fondo a otro, las ganancias son latentes y por tanto, no tendrá que tributar por ellas cuando haga la renta del ejercicio 2015.
Caso 2: Miguel es inversor en ETF. Miguel también comenzó el ejercicio 2015 con 100.000€, posicionado en EEUU. Sin embargo, Miguel ha hecho varios cambios en los que aflora plusvalías de 6.000€ y concluye el ejercicio 2015 con una valoración de cartera de 106.000€ posicionado en renta variable nacional. En este caso, como cada cambio supone la venta del ETF, las ganancias sí tributan:
- 6.000 * 20% = 1.200
- TOTAL atributar en el IRPF = 1.200
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