¿Qué es mejor, un Unit Linked o un Plan de Pensiones? ¿Cuáles son sus ventajas y desventajas?
No es una pregunta sencilla, puesto que planes de pensiones y Unit Linked pueden ser muy diferentes, pueden tener un riesgo muy diferente, y su tratamiento fiscal es radicalmente distinto.
A nivel general, un unit linked es una inversión que se realiza ligada a un contrato de seguro. Es por tanto una modalidad de seguro en el que las primas aportadas se destinan a realizar una determinada inversión, que puede ser muy diferente: en acciones, fondos, una renta a un plazo determinado,… Por lo tanto es imprescindible, antes de decidir si la figura del Unit Linked es buana o mala, decidir qué riesgo quiero para mi inversión, y si ese riesgo le puedo asumir a través de un Unit Linked. El primer paso debe ser siempre saber qué riesgo estoy dispuesto a asumir.
Otro tema clave a valorar es la liquidez de estos productos. Habitualmente se puede rescatar el dinero en el momento en que se necesita, pero es clave saber si existe alguna penalización en el rescate, o si “”simplemente”” se recupera el dinero a precios de mercado. En el caso de primas únicas, con un vencimiento determinado, se suele establecer una fórmula matemática que determina el dinero que se puede rescatar cada año antes del vencimiento.
Su fiscalidad, principal diferencia con otros productos de inversión, es la siguiente: los rendimientos obtenidos a través de un unit linked, tributan en la base imponible del ahorro como rendimientos del capital (actualmente entre el 21% y el 27%, con la reforma fiscal será entre el 19% y el 23%).
Mientras el plan de pensiones es una inversión es una fórmula de ahorro de cara a la jubilación, a través de la que se agrupa a los inversores para invertir en diferentes tipos de activos o mercados. Por lo tanto la inversión en un plan de pensiones puede ser de cualquier nivel de riesgo que busquemos, no todos los planes de pensiones, por lógica, son la misma inversión o tienen el mismo riesgo.
Hablando de forma sencilla, se trata de “”fondos de inversión de cara a la jubilación””, con la peculiaridad de que sólo se puede recuperar el dinero en el momento de la jubilación (o paro prolongado o invalidez,…). Aquí está la primera y gran diferencia, y es que el plan de pensiones es ilíquido, y sólo se puede rescatar cuando nos jubilamos o en esos momentos especiales (la reforma fiscal que entrará en vigor en 2015 establecía que a los 10 años se podría rescatar, empezando a contar en 2015, pero aún no tenemos la reforma redactada como ley para confirmarlo).
Su fiscalidad también es muy diferente. Las aportaciones gozan de deducción fiscal en IRPF, con un máximo de 10.000 euros (o 12.500 euros para mayores de 50 años) aportados por año (a partir del año que viene serán 8.000 independientemente de la eda). Su rescate tributa como rentas del trabajo, por lo tanto al tipo marginal del IRPF (que actualmente puede llegar a ser del 52%, con la reforma fiscal del 47%). En la reforma fiscal se habla de una posible reducción del 40% si se rescata el dinero en el año en que se ha jubilado el partícipe o en los dos siguientes, pero aún no está confirmada.
Como se puede ver son productos muy diferentes. Pero antes de elegir el producto, es imprescindible decidir el riesgo a tomar en la inversión que se va a realizar, y saber si se va a necesitar el dinero en un plazo concreto o no. Una vez decididos estos aspectos, fundamentales, habrá que buscar el producto adecuado para la inversión. Estamos a su disposición para ayudarle en esta decisión o para cualquier otra inversión que pueda valorar.