Hace tiempo cancele mi cuenta corriente en mi entidad. Pasadas unas semanas me llega una carta del banco donde se me reclama el pago de un recibo que se cargó después de esa fecha y una comisión por el descubierto generado ¿tengo obligación de pagar dichos importes?
El usuario podrá resolver el contrato de cuenta bancaria en cualquier momento, salvo que se hubiera pactado un preaviso. Una vez cancelada la cuenta, la entidad debe poner a disposición del titular el saldo a su favor y el titular debe entregar a la entidad, para su inutilización, los talonarios de cheques, las tarjetas bancarias ….
El Servicio del Banco de España entiende que “las entidades, con carácter general, han de ser absolutamente diligentes en el cumplimiento de las órdenes que les sean impartidas por sus clientes, más aún en supuestos en los que se pretende la terminación de la relación contractual que une a las partes, con el consiguiente cese de la posibilidad de generar obligaciones económicas para una u otra parte”.
Por otra parte, se considera una mala práctica bancaria la reapertura de cuentas previamente canceladas para adeudar importes pendientes. En estos casos, las entidades pueden negarse a la pretendida cancelación si hubiera liquidaciones pendientes de adeudo, pero, si acceden a la cancelación de la cuenta, no estarían en modo alguno posteriormente habilitadas para reabrirla.
Dicho lo cual, si usted ha tramitado la cancelación de una cuenta bancaria, esta queda extinguida definitivamente, de modo que no es posible que la entidad bancaria la reabra, ni que sobre ella carguen recibos posteriores; en consecuencia el banco no puede imputarle una comisión por haber atendido ese descubierto. Sería una mala práctica bancaria el haber procedido de este modo la entidad.
La única explicación razonable a esto sería el hecho de que realmente no se hubiera llevado a cabo la cancelación efectiva de la cuenta.
Si podemos acreditar dicha cancelación, aportando el correspondiente documento, podríamos oponernos a abonar al banco esa comisión, pero en caso contrario (si la cancelación fuera verbal o telefónica) no tendríamos prueba escrita que nos permita justificar que la cuenta realmente fue cancelada.
Respuesta por parte de un Experto Júridico Financiero de Legálitas.
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Buenas tardes, tengo una pregunta, haber si es tan amable de ayudarme.
hace un día hice una transferencia a una cuenta que a día de hoy me comentan que está cancelada hace meses, que debo hacer? esperar a que me devuelvan, o reclamar, he pensado que como se ha podido hacer la transferencia, si la cuenta ya estaba cancelada.
espero su respuesta.
mil gracias
Buenas Sonia,
En tu banco deberían indicarte como proceder para cancelar la transferencia.