¿Qué es un plan de pensiones?

Estoy intentando ahorrar para la jubilación y según me han dicho lo mejor es un plan de pensiones, no se seguro si será lo más adecuado porque actualmente existen muchos sistemas, me parece que voy a contratar uno, pero antes un poco mas por ello preguntar ¿Qué es un plan de pensiones?

respuesta del asesor

Un plan de pensiones es un instrumento financiero de ahorro para la jubilación, que permite al inversor realizar aportaciones periódicas que le permitan disponer de un capital o una renta, en el momento de la jubilación o en casos especiales como: incapacidad permanente, dependencia, fallecimiento o en otras situaciones excepcionales.

La rentabilidad de estos productos no está garantizada a vencimiento, su principal inconveniente es la escasa liquidez salvo que acaezcan las contingencias y los supuestos excepciones de disposición de los derechos: enfermedad grave y paro de larga duración. La comisión máxima legal (gestión + depósito) es del 2,5% anual. No tienen protección adicional en caso de fallecimiento y/o invalidez, y al igual que en los Fondos de inversión la gestión dependerá de la política de inversión del fondo.

El límite conjunto de inversión anual es de 10.000€ anuales para menores de 50 años y de 12.500€ anuales para mayores de 50 años, además suelen ser flexibles respecto al importe y periodicidad.

Son productos con una inmejorable rentabilidad financiero fiscal siempre que:

  • El tipo marginal del contribuyente sea mayor cuando esté realizando las aportaciones, que cuando rescata el plan.
  • Cuanto mayor sea el diferimiento de las cantidades que deja de pagar por aportaciones a dichos planes.

Otro punto a tener en cuenta, es que las Pensiones Públicas sufrirán necesariamente recortes importantes (el cálculo de la pensión se realizará sobre los últimos quince años de cotización en lugar de sobre los ocho últimos). En especial, los trabajadores comprendidos entre los 30 y 40 años serán los primeros en recibir unas pensiones de jubilación muy inferiores a la actuales, entre otros los motivos de esa desconfianza son: Evolución Demográfica (disminución de natalidad), Incremento de la prestaciones por Jubilación (aumento de la longevidad) y por la situación del mercado laboral.

Al haber una Cota Máxima de Pensión, la necesidad de Ahorrar para la jubilación es más acuciante para:

  • Las Personas que obtienen Rentas Altas
  • Las Personas que piensen Jubilarse Anticipadamente
  • Los que no lleguen a cotizar un mínimo de 37 años, ya que entonces la base reguladora sufre importantes recortes.

Otras 2 maneras alternativas de ahorro para la jubilación son:

  • Planes de Jubilación:

Ofrecen un interés mínimo garantizado durante la vida del producto más una participación en beneficios. Tienen liquidez inmediata pero con posibles penalizaciones. Las aportaciones no desgravan, la ventaja fiscal depende la manera de recibir la prestación (mayor ventaja si se percibe en forma de rentas), y los rendimientos formar parte de la Base Imponible del Ahorro. Las comisiones tienen máxima legal pero suelen ser menores que las comisiones de los planes de pensiones. Tienen protección adicional en caso de fallecimiento y/o invalidez y la gestión de las inversiones corre a cargo de la compañía de seguros.

Muy importante NO confundirlos con los planes de pensiones ya que tienen un nombre similar.

  • Planes de Ahorro Sistemático: (PIAS)

Poseen una rentabilidad mínima asegurada. El resto corre por cuenta del cliente en función del riesgo de la cartera que elija. La liquidez es inmediata. La fiscalidad es gravada por tipos del 21, 25 o 27% ya se integran en la Base Imponible del Ahorro. Las comisiones no tienen un máximo legal. Tienen protección adicional en caso de fallecimiento y/o invalidez y la gestión de las inversiones corre a cargo de la compañía de seguros, el asegurado puede elegir el nivel de riesgo de su cartera de inversión. Tienen un límite de aportación anual de 8.000€ y un límite conjunto total para los derechos de 240.000€.
En caso de poder aportar pequeñas cantidades de manera periódica, podría ser interesante contratar un PIAS con el objeto de beneficiarnos de la fiscalidad que tiene el cobro de rentas de manera vitalicia a partir de ciertas edades avanzadas (teniendo en cuenta que tiene que transcurrir un período de mínimo de años para beneficiarnos de su fiscalidad).

En todo caso, sería imprescindible examinar detalladamente las condiciones particulares de cada cliente individualizado y de cada solución (producto), sobre todo si existe la posibilidad de parar las aportaciones, así como las repercusiones que puede tener un rescate temprano.

 

respuesta

Buenos días, Juan de Dios explicó perfectamente las características principales de los planes y las opciones de inversión.

Ya que estamos en momento de campañas de planes de pensiones, a mi me gustaría añadir lo que me parece más importante de la inversión en planes de pensiones. Es cierto que tienen una desgravación fiscal en las aportaciones (es decir, Hacienda le devolverá dinero cuando realice aportaciones).

Pero a cambio, cuentan con 3 problemas:

  1. – Son ilíquidos. No se puede disponer del dinero invertido en ellos hasta el momento de la jubilación (o paro prolongado, o invalidez, o fallecimiento,… así que mejor que no puedas disponer de ese dinero hasta la jubilación). Y ante cualquier imprevisto es un dinero del que no se podrá disponer.
  2. – En el momento en que se rescaten, TODO EL CAPITAL que se rescata debe declararse y pagar el IRPF como si se hubiera cobrado ese dinero trabajando. Por tanto, se puede decir que estamos ante “lo comido por lo servido”. El dinero que voy aportando tiene deducción, y cuando lo rescato debo pagar por ello. Con el agravante de que al rescatarlo se suelen acumular cantidades importantes, y como el IRPF es progresivo, seguramente se pague el tipo marginal más alto (por encima del 50%) del IRPF.
  3. – La tercera la flexibilidad para operar en planes, y la gama de productos, no es tan amplia como fuera de ellos (fondos de inversión principalmente). Tengo menos productos donde elegir, por lo tanto hay menos productos “buenos”, y además traspasarlos salvo que sea dentro de ls misma gestora tarda mucho en realizarse, con lo que no puede “controlar”, al menos en parte, momentos de entrada y salida de mercado.

 

Por todo esto, a mi, salvo fiscalidad muy dolosa del inversor, que tenga que pagar mucho dinero en su declaración de IRPF y ahorre mucho dinero al año también, no recomiendo invertir en planes de pensiones. SÍ ES NECESARIO AHORRAR PENSANDO EN LA JUBILACIÖN, pero a través de otros productos, que nos den mayor posibilidad de invertir, y además tengamos liquidez por si tenemos cualquier problema grave y necesidad de disponer.

Es más, en el borrador de IRPF a aplicarse a partir de 2015, se dice que ganancias patrimoniales que se generen a partir de la jubilación, y se obtengan a través de renta vitalicia, estarían exentas de IRPF. Lo que daría un argumento más a la apuesta por otros productos, en vez de los planes de pensiones para este ahorro de cara a la jubilación.

Un saludo

 

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Autor:
José Manuel García Rolán

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