Diferencias entre un plan de pensiones y un fondo de inversión

Actualmente tengo la suerte de tener un buen trabajo y estoy intentando y estoy intentando ahorrar algo para más adelante, me han ofrecido un plan de pensiones y un fondo de inversión pero no me han quedado muy claras las diferencias. ¿En que se diferencia un Fondo de Inversión?

respuesta del asesor

Las principales diferencias entre un plan de pensiones y un fondo de inversión es que ambos coinciden en la forma, pero difieren en la finalidad que tiene cada uno de ellos.

En ambos son instrumentos financieros constituidos mediante las aportaciones de una pluralidad de inversores, administradas por una sociedad especializada y cuya cartera de inversión está custodiada por una entidad depositaria. Tanto los fondos de inversión, como los planes de pensiones comparten incluso las mismas clasificaciones.

Su principal diferencia radica en la liquidez y en la finalidad, ya que los Fondos de Inversión pueden ser rescatados en un período de dos o tres días, mientras que los Planes de Pensiones solo contemplan supuestos de liquidez para casos especiales como pueden ser: llegar a la edad de jubilación (67 años actualmente), enfermedad muy grave, paro de larga duración, dependencia severa…

Además, los fondos de inversión no tienen límites de aportación anual mientras que los planes de pensiones sí, ya que si el inversor menor de 50 años tendrá el límite máximo de 10.000 € anuales mientras que el mayor de 50 años tendrá un límite anual de 12.500 €. Eso sí, ambos permiten la aportación flexible de capital, por lo tanto se pueden ir ingresando aportaciones periódicas según las necesidades o capacidad del inversor.

De manera que si pretendemos ahorrar por ejemplo, para la comunión de nuestro hijo que tendrá lugar en unos 5 años aproximadamente, sería un error invertir en un plan de pensiones ya que su principal inconveniente radica en la iliquidez del producto.

Sin embargo, los planes de pensiones tienen una serie de ventajas respecto a los fondos de inversión:

  • Los planes de pensiones tienen menores comisiones máximas aplicable (2,5% de gestión y depósito). Además, no tienen comisiones por suscripción y reembolso.
  • Los planes de pensiones, al tratarse de un fondo de previsión para facilitar la consecución de un capital para la jubilación son fiscalmente deducibles de la Base Imponible General.

Otro punto en común que tienen, es que se pueden realizar traspasos entre fondos y planes sin tener que tributar por ellos, aunque sí es cierto que podemos tener que hacer frente a comisiones de reembolso y suscripción para el caso de los Fondos de Inversión.

Respecto a la fiscalidad, a la hora del rescate los planes de pensiones se considerarán como Rendimientos del Trabajo (tipos del 21 al 52%), mientras que los rendimientos obtenidos por fondos de inversión (si se mantienen más de un año), se considerarán como Ganancias o Pérdidas patrimoniales (pasando a la parte del ahorro) y soportando una tributación que puede ser menor ya que podría llegar a un máximo del 27%, en caso de reembolsar más de 30.000€.

Desde mi punto de vista le recomendaría ahorrar a largo plazo usando un plan de pensiones, ya que son ventajosos fiscalmente. Le recomendaría ahorrar para éste fin entre un 5-10%, si es usted menor de 35 años y aumentarlo hasta un 12-15% si es usted mayor de 35. Sin embargo, no puedo optimizar éste porcentaje, ya que sería necesario realizar un estudio personalizado de su caso.

No obstante, le instaría también a ahorrar al menos un 5% de sus ingresos adicional, para posibles situaciones de emergencia, e incluso para darse algún capricho, pero eso sí, siempre a partir del ahorro y no del debe. Para recomendarle, un producto para invertir ese 5% adicional, le aconsejo algún producto con liquidez y que no esté directamente relacionado con la política de inversión de su plan de pensiones, ya que si ambos están referenciados al IBEX-35 (por ejemplo), en caso de una bajada continua del índice se verían perjudicados sus ahorros, por lo tanto recomiendo diversificar en la medida de lo posible y “evitar poner todos los huevos en la misma cesta”.

No puedo recomendarle un producto en concreto para ese 5%, ya que para ello necesitaría estudiar su situación objetiva y subjetiva. Por último, recomiendo ser consciente de los riesgos que tiene suscribir cualquier tipo de operación financiera en concreto y la importancia de que la entidad valore nuestro perfil de riesgo.

Sin olvidar mencionar, que los primeros en recibir recortes importantes en sus pensiones públicas de jubilación serán seguramente los ahora comprendidos entre 35 y 40 años.

 

respuesta del asesor

Son productos bien distintos aunque, tanto los Planes de Pensiones como los Fondos de Inversión son instrumentos participados por muchos inversores y nos permiten acceder a distintos activos de los mercados financieros. Esos patrimonios son gestionados por expertos, siguiendo las reglas que rigen cada uno de ellos (los hay de renta fija, de renta variable, materias primas, etc…). Hay tantos disponibles, que se hace necesaria la ayuda de un asesor en la materia.

Existen diferencias importantes que debemos tener en cuenta: el objetivo, la liquidez que tienen, las cantidades máximas anuales a aportar o el tratamiento fiscal.

Cuando alguien realiza aportaciones a un plan de pensiones, la idea es que lo recupere cuando se jubile, independientemente de que existan otras excepciones (enfermedad grave, paro de larga duración, etc…). Adicionalmente, desde el 1 de enero de 2015, con la entrada en vigor de la Reforma Fiscal, se podrá rescatar el dinero cuando las aportaciones tengan una antigüedad mínima de 10 años. Por contra, el fondo de inversión no tiene ese objetivo, y el dinero está disponible en cualquier momento (siempre que no se trate de un garantizado). La liquidez se refiere a poder convertirlo en dinero efectivo, algo que es posible con los fondos pero no con los planes.

Otra diferencia son las cantidades máximas a aportar. Podemos contratar fondos de inversión sin límite, pero no podemos hacer lo mismo con los planes de pensiones. Desde el 1 de enero 2015, la limitación anual en planes es de 8.000 euros (antes 10.000 ó 12.500 eur según la edad), mientras en un fondo de inversión no hay limitación de aportaciones.

Hablando de la fiscalidad, ambos son productos atractivos, pero con diferencias muy claras. El fondo es interesante fiscalmente porque hasta que no se reembolsa definitivamente el dinero invertido, no se tributa por ello. Con ello conseguimos el llamado “diferimiento fiscal”, que no es otra cosa que posponer el momento del pago del impuesto. Las “ganancias” obtenidas tributan en la base del ahorro, teniendo que hacerlo entre el 20% y el 24% para 2015.

Pero no es comparable con las aportaciones realizadas a los planes de pensiones, que minoran nuestra base imponible en la declaración de la renta, y con ello conseguimos reducir la cantidad a pagar a Hacienda o recibir parte del dinero que nos ha retenido. Eso implica que podemos tener ahorros entre el 24, 75% y el 52% para el 2014, o entre el 20% y el 47% para 2015, de las cantidades aportadas.

Eso sí, al recuperarlo para nuestra jubilación, las cantidades formarán parte de los rendimientos del trabajo o asimilados, tributando como corresponda. Para este apartado, el rescate, se hace especialmente interesante la figura del asesor financiero independiente.

 

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Autor:
José Manuel García Rolán

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