¿Cúantos impuestos se pagan por un Fondo de Inversión?
Sin entrar en casos más especiales, los accionistas y partícipes, pueden obtener rentas por dos medios:
- Por la distribución de beneficios o dividendos. Los dividendos se calificarán como Rendimientos del Capital Mobiliaro, integrándose en la base del ahorro, con tipos que van del 21% hasta 6.000€, 25% de 6.000€ a 24.000€ y 27% a partir de 24.000 €.
La exención de los primeros 1.500€ obtenidos por esta vía, no se aplicará en el caso de Fondos de Inversión.
Se aplicará retención del 21% sobre lo cobrado.
- Por la venta de las acciones o de las participaciones (reembolso).
El resultado positivo o negativo resultante de la transmisión de participaciones se considerará como Ganancia/pérdida patrimonial en la parte del ahorro (21-25-27%), a menos que hayamos mantenido las participaciones durante un período inferior al año, en tal caso se gravarán al tipo marginal del contribuyente que puede alcanzar un máximo de un 52%, sobre las ganancias.
La ganancia se calculará por la diferencia entre valor de transmisión y adquisición. Los gastos en que se hayan incurrido se considerarán como mayor valor de la compra.
Si el reembolso es parcial, se aplicara el método FIFO, considerándose que las participaciones transmitidas serán las adquiridas en primer lugar.
Régimen transitorio (coeficientes de abatimiento): las ganancias obtenidas desde 31/12/1996, se reducen un 14,26% por cada año transcurrido, además sólo aplicable hasta la ganancia generada hasta el 20/01/2006.
Desde 1/1/2003 se eliminó la tributación en los traspasos entre Fondos de Inversión, por lo que se ha eliminado el llamado peaje fiscal.
Añadir que lo normal es que los Fondos de Inversión no repartan dividendos, ya que estas ganancias, se suelen acumular y no repartirse.
Por último, me gustaría recordar el importante ahorro fiscal que tiene la compensación de ganancias con pérdidas patrimoniales, debido a que existe un plazo máximo de cuatro años para compensarlas.
Fondos de inversión (cartera de fondos de inversión): es un instrumento financiero muy flexible, con liquidez en cualquier momento, se pueden hacer reembolsos parciales adecuando la fiscalidad en función solo de las necesidades de liquidez. Sus principales características fiscales son las siguientes:
- El partícipe de un fondo de inversión no tributa hasta que se produzca el reembolso de las participaciones. Lo que nos permite posponer el pago de impuestos al momento que mas nos interese y obtener una mayor rentabilidad de esos impuestos que no estamos tributando.
- Si hemos pagado comisión de suscripción y reembolso,etc. estás se podrán deducir del valor de suscripción ya que son gastos deducibles.
- La plusvalía o minusvalía patrimonial tributara en función del período:
- Plusvalías generadas en menos de un año: se integrará en la base imponible general, con lo que el tipo de gravamen puede ir desde el 24,75% hasta el 52%.
- Periodo de generación de la plusvalía patrimonial superior al año: se integrará en la base imponible del ahorro, aplicando los siguientes tipos de gravamen:
- Entre 0 y 6000 euros: los intereses tributan al 21%
- Entre 6000,01 y 24000 euros los intereses tributan al 25%
- Más de 24000 euros los intereses tributan al 27%
La principal ventaja fiscal que nos ofrecen los fondos de inversión es que no pagamos impuestos a Hacienda hasta que no se haga efectiva la ganancia patrimonial, y por tanto si decidimos hacer un traspaso de fondos (independientemente de la gestora, tipos de activos o zonas geográficas) no tributaremos fiscalmente hasta el momento de hacer líquida la inversión.