Soy autónomo y he contratado una cuenta para mi negocio en la que me comentaron que no tenía comisiones asociadas. Pasado el primer año me cobran una comisión por el servicio de banca a distancia que si figura en el contrato. ¿No tenían que haberme avisado antes de la contratación?
Actualmente la normativa sobre transparencia exige a las entidades bancarias que antes del contrato, faciliten de forma gratuita al cliente “toda la información precontractual legalmente exigible para adoptar una decisión informada sobre un servicio bancario y comparar ofertas similares. Esta información deberá ser clara, oportuna y suficiente, objetiva y no engañosa y habrá de entregarse con la debida antelación en función del tipo de contrato u oferta y, en todo caso, antes de que el cliente quede vinculado por dicho contrato u oferta”.
Como además se trata de una actividad empresarial o profesional, es posible que el contrato haya excluido la aplicación de estas normas de transparencia, opción permitida por la normativa. Por tanto, la viabilidad de la reclamación estará en función de si la información precontractual de que disponga indique la exención de las comisiones por las que se nos pregunta.
Respuesta por parte de un Experto Júridico Financiero de Legálitas.
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